El Instituto Nacional de Colonización evalúa rescindir el contrato de Pablo Caram por su condena y manejo de tierras en Artigas, reflejando tensiones legales y políticas. Foto: Gastón Britos / FocoUy
La División Jurídica del Instituto Nacional de Colonización evalúa rescindir el contrato de Pablo Caram por su reciente condena y el manejo irregular de tierras en Artigas.
Pablo Caram, ex intendente de Artigas, se encuentra en el epicentro de una controversia que no solo sacude su carrera política, sino que también pone en jaque al Instituto Nacional de Colonización (INC). Recientemente condenado por la Justicia por omisión de deberes como funcionario público, Caram enfrenta ahora el escrutinio de la División Jurídica del INC por el usufructo de dos fracciones en la Colonia José Artigas, beneficiándose de tierras que, según sus críticos, no debería mantener bajo su administración.
El Laberinto Legal del Usufructo
Las fracciones en cuestión, Parte 33 y Parte 34 del Inmueble 426, abarcan 336 y 370 hectáreas respectivamente, con índices de productividad de 86 y 75, aptas para la explotación ganadera. Aunque Caram administra estas tierras como colono, su reciente condena por no denunciar irregularidades que resultaron en pagos ilegales de horas extras plantea serias dudas sobre su idoneidad para seguir en dicho rol.
Andrés Berterreche, director del INC por el Frente Amplio, expresó contundentemente: "No debería seguir siendo colono, por haber sido condenado y por las características del delito que cometió". Este planteamiento se basa en el artículo 101 de la ley 11.029 de 1948, que faculta al organismo a rescindir unilateralmente los compromisos con colonos que causen "perturbaciones o desórdenes en la colonia" o que no mantengan un "buen comportamiento".
Un Antecedente que Resuena
La situación de Caram recuerda al polémico caso de Guido Manini Ríos, líder de Cabildo Abierto, quien en 2022 enfrentó una inspección que reveló incumplimientos normativos en la explotación de campos en Artigas. Al igual que Caram, Manini Ríos se vio obligado a renunciar a sus títulos como colono propietario tras la intervención del INC, destacando la rigurosidad con la que la institución aborda estos casos, independientemente de la posición política de los involucrados.
Rentas y Resoluciones: El Precio del Poder
Julio César Cardozo, nacionalista y miembro del directorio del INC, aclaró que Caram paga una "renta diferencial" por el usufructo de los predios, una tarifa más alta que la de un colono común, conforme a una resolución de 2015 que aplica a colonos en cargos públicos remunerados. Esta renta se asemeja a los valores de mercado por arriendo de campos, justificando la distinción basada en los ingresos adicionales de Caram derivados de su actividad pública.
A pesar de ello, en agosto de 2022, Caram solicitó ser exonerado retroactivamente del pago diferencial durante el período de febrero a septiembre de 2020, cuando renunció a su cargo para liderar su campaña electoral y fue reelecto. El INC, sin embargo, no ha aceptado esta solicitud, manteniendo su postura firme ante cualquier intento de eludir las normativas establecidas.
Inspecciones y Sanciones: El Camino a la Rescisión
En febrero de este año, Berterreche lideró una inspección a las tierras de la Colonia José Artigas, donde se constató que las fracciones de Caram estaban alambradas y con animales sueltos en la vía pública, incumpliendo las normativas del INC. Este comportamiento, sumado a su condena judicial, fortalece el argumento para una posible rescisión de su contrato de usufructo.
La División Jurídica del INC debe ahora determinar si la situación de Caram amerita una sanción que podría culminar en la rescisión del contrato. De ser así, Caram estaría obligado a devolver inmediatamente los predios, de lo contrario, el instituto podría iniciar acciones judiciales para recuperar la libre disponibilidad de las tierras.
Flexibilización de Normativas: Un Marco en Cambio
La Ley de Urgente Consideración (LUC) de 2021 trajo consigo una flexibilización en las condiciones para los colonos, permitiendo, entre otras cosas, la supervisión del trabajo en lugar de la explotación directa y la autorización para no residir en el predio por razones de salud, educación o trabajo del colono y su núcleo familiar. Sin embargo, estas flexibilizaciones no eximen a los colonos de mantener un comportamiento adecuado y cumplir con las normativas establecidas, como lo demuestra el caso de Caram.
El Futuro de un Caso con Implicaciones Políticas
El desenlace de este caso no solo determinará el futuro de Pablo Caram como colono del INC, sino que también sentará un precedente sobre cómo la institución maneja situaciones donde la ley y el comportamiento de los colonos entran en conflicto. Con el directorio del INC a punto de deliberar, la decisión final tendrá un carácter profundamente político, reflejando las tensiones entre las normativas legales y las realidades políticas de Uruguay.
En última instancia, el caso de Caram es un espejo de la lucha constante entre la justicia, el poder y el uso de la tierra en Uruguay. Es una historia que, más allá de los títulos y las leyes, pone en relieve la importancia de la integridad y la responsabilidad en el ejercicio de funciones públicas, recordándonos que el poder debe estar siempre al servicio del bien común.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Quién es Pablo Caram y cuál fue su cargo?
Pablo Caram es el ex intendente del departamento de Artigas, Uruguay. Recientemente, ha sido condenado judicialmente por omisión de deberes como funcionario público.
¿Por qué Pablo Caram enfrenta la rescisión de sus tierras en el INC?
Caram enfrenta la posible rescisión de su usufructo sobre dos fracciones de tierra administradas por el Instituto Nacional de Colonización (INC) debido a su condena judicial por no denunciar irregularidades que resultaron en pagos ilegales de horas extras durante su gestión.
¿Qué fracciones de tierra administra Pablo Caram y dónde están ubicadas?
Caram administra la Fracción 33, de 336 hectáreas con un índice de productividad de 86, y la Fracción 34, de 370 hectáreas con un índice de productividad de 75. Ambas se encuentran en el Inmueble 426, en la Colonia José Artigas, en el centro del departamento de Artigas.
¿Qué condena judicial recibió Pablo Caram?
En marzo de 2024, Caram fue condenado a 14 meses de prisión con libertad a prueba y a cuatro meses de tareas comunitarias por omisión de deberes como funcionario público. No denunció irregularidades que llevaron a pagos ilegales de horas extras bajo su administración.
¿Qué es el Instituto Nacional de Colonización (INC) y cuál es su función?
El Instituto Nacional de Colonización (INC) es una entidad creada en 1948 mediante la ley 11.029, encargada de gestionar y regular el uso de tierras en Uruguay. Administra contratos de usufructo y colonización, estableciendo normas para los colonos y arrendatarios.
¿Qué implica la rescisión del contrato de usufructo para Pablo Caram?
Si el INC decide rescindir el contrato de usufructo de Caram, este deberá devolver inmediatamente las fracciones de tierra en cuestión. De no hacerlo, el instituto podría iniciar acciones judiciales para recuperar la libre disponibilidad de los predios.
¿Cómo se compara este caso con el de Guido Manini Ríos?
El caso de Caram es similar al de Guido Manini Ríos, líder de Cabildo Abierto, quien en 2022 también enfrentó la rescisión de su contrato de colonos propietarios por incumplimientos normativos. Ambos casos reflejan la rigurosidad del INC en la aplicación de sus normativas, independientemente de la posición política de los involucrados.
¿Qué es la renta diferencial que paga Caram y por qué es significativa?
La renta diferencial es una tarifa más alta que la que abona un colono común por el usufructo de tierras. Caram está obligado a pagar esta renta conforme a una resolución de 2015, ya que, por su actividad pública, tiene otros ingresos además de los producidos por los campos. Esta renta se asemeja a los valores de mercado por el arriendo de campos.
¿Qué cambios trajo la Ley de Urgente Consideración (LUC) de 2021 para los colonos del INC?
La LUC flexibilizó las condiciones para los colonos, permitiendo supervisar el trabajo en lugar de explotarlo directamente y autorizando a no residir en el predio por razones de salud, educación o trabajo del colono y su núcleo familiar. Sin embargo, no exime a los colonos de mantener un comportamiento adecuado y cumplir con las normativas establecidas.
¿Cuál es la postura del director del INC, Andrés Berterreche, respecto a la situación de Caram?
Andrés Berterreche, director del INC por el Frente Amplio, ha manifestado que Caram no debería seguir siendo colono debido a su condena judicial y las características del delito cometido. Ha solicitado la rescisión del contrato de usufructo, respaldado por el directorio del INC.
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